Desde mediados del siglo XX, las sociedades occidentales han experimentado una transformación profunda en la forma de comprender la dignidad humana. Más allá de cualquier posicionamiento ideológico, la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 y, décadas más tarde, la Convención sobre los Derechos del Niño, consolidaron una idea que hoy parece evidente: toda persona es titular de derechos por el solo hecho de ser humana. El Estado dejó de concebirse únicamente como una autoridad que concede permisos o impone obligaciones y pasó a ser entendido, al menos en teoría, como un garante de derechos fundamentales.
Este cambio representó uno de los mayores avances civilizatorios de la historia moderna. La libertad de expresión, la libertad de conciencia, el debido proceso y la protección frente a la arbitrariedad constituyen conquistas que no deben considerarse irreversibles. Sin embargo, la expansión de los derechos plantea una pregunta que rara vez forma parte del debate público: ¿es suficiente reconocer derechos para que las personas sean verdaderamente libres?
La respuesta parece evidente. Una persona privada arbitrariamente de sus derechos difícilmente podría desarrollar un proyecto de vida autónomo. Pero el problema opuesto resulta menos evidente y quizás más relevante para las democracias contemporáneas: ¿qué ocurre cuando una sociedad logra reconocer formalmente amplios derechos y, aun así, una parte importante de sus ciudadanos experimenta sentimientos de dependencia, impotencia o incapacidad para dirigir su propia vida?
Durante décadas, buena parte de la discusión política ha girado en torno a la expansión de derechos y garantías. Hemos debatido cuánto debe hacer el Estado, qué prestaciones debe asegurar y qué mecanismos deben existir para proteger a las personas frente a distintas formas de vulnerabilidad. Sin embargo, mucho menos tiempo hemos dedicado a reflexionar sobre la capacidad de los individuos para ejercer efectivamente la libertad que esos derechos pretenden resguardar.
Para abordar este dilema es necesario distinguir dos aspectos fundamentales: por una parte, existe una dimensión de la libertad que rara vez se discute, la autonomía psicopolítica, entendida como la capacidad real de una persona para gobernar su propia vida; por otra, la libertad jurídica y la autonomía psicológica no son exactamente lo mismo.
La distinción entre libertad jurídica y autonomía psicopolítica constituye el núcleo conceptual de este argumento. Mientras la primera se refiere a las condiciones externas que protegen la libertad individual frente a la coacción, la segunda alude a las capacidades internas que permiten ejercer esa libertad de manera efectiva. El siguiente cuadro sintetiza las principales diferencias entre ambas dimensiones.
| Dimensión | Enfoque Principal | Manifestación |
| Libertad Jurídica (Libertad Negativa) | Ausencia de coerción ilegítima y existencia de garantías institucionales que protejan al individuo de la interferencia estatal o de terceros. | “Nadie me impide elegir mi camino”. |
| Autonomía Psicopolítica (Capacidad de Agencia) | Herramientas internas necesarias para tomar decisiones, asumir responsabilidades (Locus de control interno) y tolerar la frustración. | “Soy capaz de gobernar mi propia vida”. |
Una de esas herramientas internas es lo que en psicología se conoce como locus de control interno: la convicción de que los resultados de la propia vida dependen, en buena medida, de las propias decisiones y esfuerzos, y no exclusivamente de fuerzas externas como la suerte, el Estado o las circunstancias. Cuando ese locus se desplaza hacia lo externo, la persona puede tener plenos derechos y, aun así, sentir que no controla nada.
Una persona puede poseer amplios derechos reconocidos por la ley y, al mismo tiempo, carecer de las herramientas internas necesarias para ejercerlos plenamente. Desde la psicología clínica, esta realidad resulta evidente. No son pocas las personas que, aun disponiendo de oportunidades y libertades formales, sienten que no tienen control sobre sus vidas.
El problema no radica necesariamente en la ausencia de derechos, sino en la atrofia de la autonomía que dichos derechos hacen posible. Jonathan Haidt analizó datos de PISA de más de un millón de estudiantes en 37 países entre 2000 y 2018, y encontró que la soledad escolar aumentó de forma sostenida en casi todas las regiones del mundo, en paralelo al declive del juego libre infantil y una crianza cada vez más sobreprotectora. Esta tendencia encuentra un correlato en América Latina: en Chile, la Encuesta Nacional de la Juventud de INJUV registra que un 26,9% de los jóvenes del país presenta hoy sintomatología ansiosa o depresiva. Aunque estos datos no permiten establecer una relación causal directa, sí resultan compatibles con la hipótesis de que una disminución sostenida de las experiencias de autonomía durante el desarrollo podría afectar la percepción de agencia en etapas posteriores.
Quizás una de las paradojas de nuestro tiempo es que nunca habíamos contado con tantas libertades formalmente reconocidas y, sin embargo, persiste una profunda sensación de vulnerabilidad e incertidumbre. La expansión de derechos es una condición necesaria para una sociedad libre, pero no constituye una condición suficiente. Ninguna ley puede otorgar propósito vital. Ningún reglamento puede generar responsabilidad personal. Ninguna política pública puede producir por decreto resiliencia, autodisciplina o sentido de agencia.
Esto no significa que el Estado carezca de un rol importante; la protección de derechos fundamentales (vida, libertad y propiedad) continúa siendo su función esencial. Sin embargo, existe una diferencia abismal entre crear las condiciones que permiten el ejercicio de la libertad y asumir que la libertad misma puede ser entregada “desde arriba”. Cuando confundimos ambas cosas, corremos el riesgo de depositar en las instituciones expectativas que ninguna burocracia está en condiciones de cumplir.
Como ya advertían pensadores de la tradición liberal como Alexis de Tocqueville y, posteriormente, Friedrich Hayek, una sociedad libre requiere instituciones que limiten el poder, pero también ciudadanos capaces de gobernarse a sí mismos. De poco sirve ampliar constantemente el catálogo de derechos si, paralelamente, disminuye nuestra capacidad psicológica y cultural para ejercerlos con responsabilidad.
Por esta razón, la discusión sobre la libertad debe incorporar una dimensión psicológica y cultural. La pregunta relevante hoy no es sólo cuántos derechos poseemos, sino qué estamos haciendo con ellos. El gran desafío del siglo XXI no consiste en seguir ampliando indefinidamente el catálogo de derechos cuya garantía depende de prestaciones estatales, sino en fortalecer la autonomía real de las personas.
Las instituciones fijan los límites del poder. Al final del día, una sociedad verdaderamente libre no se construye únicamente limitando el poder del Estado; se construye formando individuos capaces de asumir el hermoso y exigente peso de dirigir su propia vida.