El presente escrito está basado en la obra : “ON MORAL AND LEGAL JUSTIFICATION”, específicamente en el capítulo I “Introducción”, capítulo II “ Ley y Moralidad” y el capítulo III “Algunos Problemas Justificatorios” de Roger Pilon (1979) y su posterior traducción realizada por Jesús Fernando (2024).
A pesar de lo que pueda parecer a primera vista, cuando Roger Pilon habla de la justificación en términos morales y legales, se enfrenta a una maraña que es mucho más compleja de lo que a uno le gustaría admitir. Pilon no es de los que se quedan en la superficie, lanzando definiciones vagas o aceptando verdades a medias. No, él se sumerge profundamente, cuestionando no sólo la relación entre la moral y la ley, sino también esa tendencia tan humana, tan aparentemente natural, de aferrarse a lo que ya conocemos, a los precedentes, a las normas escritas y a los sistemas legales como si fueran verdades indiscutibles.
Cuando Pilon plantea la pregunta: ¿Qué contaría como una justificación satisfactoria y por qué?, uno podría imaginarse que está simplemente pidiendo una respuesta técnica, una respuesta académica. Pero lo que realmente busca es mucho más perturbador, porque implica que nuestras leyes, esas mismas que consideramos pilares de la civilización, tal vez no sean tan sólidas ni tan justas como queremos creer. Y es ahí donde empieza el verdadero dilema. Las leyes, argumenta Pilon, no son meros instrumentos técnicos, sino que están impregnadas de moralidad, nos guste o no. Entonces, ¿cómo puede uno deslindar la ley de la moralidad cuando ambas están tan entrelazadas?
Esa visión positivista que defiende John Austin (2018) —donde la ley y la moral son entidades separadas— parece atractiva en su simplicidad. Es como si uno pudiera dividir el mundo en compartimentos ordenados y evitar así las complicaciones emocionales y filosóficas. Pero Pilon señala que la vida real no es tan limpia ni tan ordenada. La ley, tal como la conocemos, no es un sistema aislado, no es una maquinaria autónoma. Los abogados, cuando se enfrentan a vacíos legales, a ambigüedades, recurren a principios morales, ya sea de manera consciente o no. No pueden evitarlo, porque las leyes, por más técnicas que sean, en última instancia reflejan nuestras creencias sobre el bien y el mal.
Sin embargo, el autor no se detiene ahí. Con una especie de resignación irónica, critica esa reverencia ciega al precedente legal. Porque, claro, los precedentes proporcionan estabilidad, dan certeza, ¿a qué costo? ¿De qué sirve una ley o una constitución si no se la cuestiona a la luz de los principios morales más profundos? El simple hecho de seguir una norma porque siempre se ha hecho así es como caminar en círculos sin darse cuenta de que se está perdiendo el sentido de la dirección.
Por si todo esto no fuera suficiente para desafiarnos, Roger Pilon se mete en terrenos aún más espinosos cuando introduce el escepticismo moral. Rechaza con una calma devastadora las grandes teorías justificativas tradicionales: derecho natural, utilitarismo, análisis económico del derecho, neokantismo. Todas ellas, según él, son insuficientes para resolver los dilemas justificatorios. ¿Por qué? Porque en última instancia, se basan en valores y sistemas éticos que no son universales, que no todos comparten.
Aquí entra en juego la verdadera desesperanza del pensamiento de Pilon: el problema de la regresión infinita. Todo argumento justificativo tiene que detenerse en algún punto, pero ¿dónde? Uno no puede seguir argumentando indefinidamente, sin embargo, detenerse demasiado pronto es igualmente problemático. Es un callejón sin salida, un dilema sin solución clara.
A esto se suma el problema de las premisas normativas. Los argumentos justificatorios que se basan en valores corren el riesgo de fracasar porque, ¿qué sucede si esos valores no son compartidos? Pilon enfatiza que las apelaciones a los valores solo funcionan con quienes ya los comparten, lo que nos deja en una especie de isla ética, cada grupo atrapado en su propio sistema de creencias.
Es por ello que Pilon introduce el verdadero desafío: el emotivismo y el prescriptivismo, estas teorías, que sostienen que los juicios éticos no son más que expresiones de emoción o instrucciones sobre cómo actuar, despojan a la ética de cualquier objetividad. ¿Qué nos queda entonces? Una ética basada en la persuasión, donde lo “correcto” se convierte en una mera cuestión de quién es más convincente, más emotivo.
En su crítica, también esboza una posible salida, un rayo de esperanza: la lógica. A diferencia de los valores, la lógica no depende de nuestras emociones o deseos. Es sólida, impenetrable, y puede ofrecernos un tipo de justificación que trasciende las diferencias personales y emocionales. Si la lógica puede aplicarse a la ética, sugiere que tal vez podamos encontrar una justificación sólida y racional para ciertos derechos.
Por otro lado, la distinción que el autor hace entre la justificación racional y la exhortación no es solo una cuestión académica. Es un recordatorio de lo limitados que somos cuando confiamos únicamente en la razón para persuadir. Porque, aunque un argumento racional pueda ser, en efecto, verdadero, necesario, y hasta irrefutable, ¿de qué sirve si no logra mover a las personas, si no logra que cambien su manera de actuar? La razón, tal como lo señala el autor con una calma casi resignada, es una pasión débil, un motor que, aunque preciso y lógico, rara vez tiene la fuerza para movilizar las emociones humanas. Esto es lo que hace que la persuasión emocional sea tan efectiva, tan poderosa. Una apelación sentimental, aunque menos rigurosa, puede mover montañas, mientras que el argumento más sólido puede caer en oídos sordos si no logra conectar con lo que realmente impulsa a las personas. Y, claro, este desequilibrio entre la lógica y la emoción es especialmente preocupante en el ámbito del derecho, donde, idealmente, las decisiones deberían basarse en razones frías, racionales, no en los impulsos o caprichos del momento.
El autor nos obliga a enfrentar una verdad incómoda: el derecho no siempre puede ser ajeno a las emociones, aunque debería. Porque la razón, aunque noble en su aspiración, no siempre logra que los corazones se inflamen ni que las voluntades se movilicen. Y en ese vacío entre lo que es correcto y lo que realmente mueve a las personas, se juega mucho más que un simple debate intelectual; se juega la manera en que, como sociedad, decidimos qué es lo justo y lo correcto.
Bibliografía
Austin, J. (2018). Sobre la utilidad del estudio de la jurisprudencia. Obtenido de: https://www.academia.edu/36290693/John_Austin_2018_Sobre_la_utilidad_del_estudio_de_la_jurisprudencia_Estudio_Preliminar
Nina, J. F. (05 de octubre de 2024). Sobre la Justificacion Moral y Legal. Obtenido de https://docs.google.com/document/d/1nLa8FcUDj0RZgAh0cISjie11efe3V1MOJlr-I9Nhtz4/edit?usp=sharing
Pilon, R. (1979). ON MORAL AND LEGAL JUSTIFICATION. Obtenido de https://www.stephankinsella.com/wp-content/uploads/texts/pilon_moral-legal-justificationb.pdf