Por: Diego Camacho Orellana
País: Bolivia
La conformación del Estado boliviano
Las ideas mueven la acción, las revoluciones no escapan a esta lógica, ellas responden a una justificación intelectual. Cuando hablamos de la creación de Bolivia, dicha justificación la encontramos en el Liberalismo. Ya en las universidades más prestigiosas del país se encontraba el influjo de estas ideas (Arguedas, 1984, pág. 21) y ellas terminaron concretándose en la Constitución de 1826.
El liberalismo como filosofía política defiende los derechos individuales y la igualdad ante la ley, se trata de una filosofía universalista que se fundamenta en una visión antropológica, a saber, que el ser humano es racional. Esto implica que de la naturaleza del ser humano es posible deducir las instituciones que llevaran al progreso material. Estas instituciones son principalmente dos: la propiedad y el contrato. Ambas son el culmen de la civilización, y, por lo tanto, son universales, ello quiere decir que: todos los hombres se apropian individualmente de los bienes mediante su trabajo y después, comercian mediante contratos. Ambas institución es son tan importantes para el liberalismo que Maine sostuvo que la propiedad privada era el legado más grande del derecho romano a la modernidad (1893, pág. 50), mientras que la sociedad avanzadas eran sociedades de contrato (Paterson, 1943, pág. 41).
Todas estas instituciones se materializaron mediante los códigos, especialmente del Código Civil Santa Cruz, el cual fue una traducción del napoleónico con ciertas interpolaciones castellanas (Spota, 1947, pág. 64). Esto representa una tendencia a universalizar las instituciones en todo el territorio nacional en miras del progreso tan anhelado por la ilustración. Pero este universalismo se trata de uno racionalista, entendido como una verdad formal, matemática e inmutable. Si la forma importa por sobre la sustancia, esta primera debe moldear a la segunda, o de otra forma; si la idea predomina por sobre la realidad, esta ha de imponerse ante esta última. Ello se hizo así mediante la fuerza estatal.
Los afectados directos ante este universalismo fueron aquellos quienes no eran adeptos a la propiedad privada ni al contrato: los indígenas. Las comunidades indígenas, ajenas al marco institucional liberal, no concebían ni la propiedad privada ni el contrato como instituciones fundamentales. En cambio, el Ayllu (la comunidad indígena) y el Ayni (principio de intercambio y reciprocidad) resultaban principios fundamentales en su vida diaria.
Así, vemos enfrentadas dos lógicas, por un lado, una lógica civilizatoria liberal y por otra, la lógica de los pueblos indígenas. Lejos de concebir una perspectiva integracionista, aquellos quienes se hacían llamar liberales, procedieron a la imposición del liberalismo, la ley de Exvinculación, que, si bien reconocía los derechos de propiedad a los indígenas, pero que destruía el ayllu es un ejemplo de esto.
No se buscaba comprender el curso espontaneo de las instituciones, el cual podría llevar a los indígenas a adoptar la propiedad privada por su propia voluntad, sino que, al contrario, se busco imponer las instituciones liberales expropiando la tierra comunal y cobrar impuestos a los indígenas1.
Civilización y Barbarie.
El debate fue entendido con la contraposición de dos términos: civilización y barbarie. Por un lado, a imagen de la Europa industrial, la civilización, la cual se conformaba mediante el ideario liberal; por otro, la barbarie, que se identificaba con el pasado colonial e indígena. Siendo la primera superior a la segunda, era fundamental imponerla y negarla: “En América todo lo que no es europeo es bárbaro: no hay más división que esta: 1.o el indígena, es decir, el salvaje; 2.o, el europeo, es decir, nosotros, los que hemos nacido en América y hablamos español, los que creemos en Jesucristo y no en Pillán (dios de los indígenas)” (Alberdi, 2017, pág. 92).
En el ámbito intelectual, la idea de que la raza junto con factores del entorno hacía del indígena una persona inherentemente resignada al subdesarrollo, fueron predominantes. Bautista Saavedra, llego a anhelar que otra raza pudiese combinarse con la nuestra (mestiza) para poder vencer las adversidades geográficas y llegar al desarrollo (2000, pág. 29); Arguedas, argumentaba que la falta de progreso de Bolivia se debía a dos factores fundamentales: el territorio extenso y la raza india (1909, pág. 236).
En suma, no solo se consideraba inferiores a los indígenas, sino también perjudiciales para el progreso. En realidad, todo lo anterior se debe a un debate que fue resuelto por la Escuela de Salamanca (de Vitoria, 1975, pág. 52) y que fue revivido y atrozmente resuelto en las independencias: ¿Tienen los indígenas derechos sobre sus tierras y formas de vida?
Una respuesta liberal.
Todo lo anterior refleja una respuesta liberal viciada por el racionalismo. Bajo esta perspectiva, no se trata de comprender la realidad mediante la experiencia; sino construirla a través de las ideas. No rige aquí la primacía de la realidad, sino la primacía de lo ideal. Esta cuestión epistemológica trasciende a aspectos políticos y se conforma en la idea de que, las instituciones, lejos de ser una cuestión formada por la espontaneidad de la sociedad, debe ser impuesta mediante el Estado. Esto devino en la anulación del Ayllu y la imposición de instituciones ajenas a las tradiciones indígenas.
Una posición liberal, debe consistir en un universalismo objetivo, tendiente a entender la realidad y adecuarse a ella. Ello implica que las instituciones indígenas deben ser interpretadas jurídicamente y receptadas por el bagaje institucional liberal. No se trata de negar la propiedad privada, sino de respetar la propiedad comunal. Toda actividad humana que no implique el inicio de la fuerza injustificadamente es permisible en una sociedad liberal. No se busca negar las instituciones indígenas sino entenderlas y darles juricidad. Un obstáculo a este desafío es la idea de que la ley es el derecho, eliminar esto implica adentrarnos en la realidad material las instituciones, enriqueciendo así las instituciones del liberalismo y receptando instituciones como es el caso del Ayni. Se trata de integrar y no excluir. Instituciones formadas por los indígenas han perdurado hoy en día no por la imposición de la ley, sino por el intercambio de valores y bienes que estas comunidades realizan, ello nos puede decir algo sobre su racionalidad y pertinencia.
1 Los cuales terminaron por constituir gran parte del patrimonio del Estado (Gotkowtiz, 2011, pág. 59)
Hoy en día, revivir el liberalismo en nuestro país implica políticamente adherir a los pueblos indígenas a nuestro movimiento, integrarlos políticamente, hacerles notar que el comercio que muchos de ellos desarrollan puede, mediante el liberalismo, intensificarse y romper las barreras nacionales. Las comunidades indígenas, lejos de ser incompetentes e inferiores como se decía, tienen posibilidades de constituir una verdadera burguesía comercial. Estrategias de financiación colectiva como el pasanaku, muestran que no les falta inteligencia y ambición por mejorar sus condiciones de vida.
Potenciar la actividad económica indígena es una de las grandes labores del liberalismo. Gran parte de estos comerciantes son informales y es deber del liberalismo no solo legitimar sus actividades, sino resaltar que lejos de ser ladrones son auténticos héroes. Solamente el libre mercado puede hacer que alancen todo su potencial emprendedor. Ellos deben entender que la informalidad es el resultado directo del Estatismo, el mismo que antaño expropio sus tierras y que actualmente los mantiene en la marginalidad económica y jurídica.
Ganador del Concurso: Reimaginando Bolivia del Libertycon 2024 Santa Cruz-Bolivia
Diego C. Orellana, abogado egresado de la Universidad Mayor de San Simón, se especializa en derecho privado y es influenciado por la filosofía objetivista de Ayn Rand. Ha obtenido diversos reconocimientos como ensayista en instituciones como el Ministerio de Justicia o el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Sus intereses primordiales incluyen la filosofía del derecho, el objetivismo y el derecho privado.