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Crisis Humanitaria Multidimensional en las Cárceles y Penitenciarías de Colombia

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El sistema penitenciario y carcelario en Colombia tiene como función principal el cumplimiento de la pena o medida de seguridad impuesta a través de una sentencia condenatoria, sin embargo, se ha evidenciado que en Colombia la ejecución de la pena presenta una vulneración masiva de derechos humanos, catalogando como el estado de cosas inconstitucionales dentro de los centros penitenciarios y carcelarios conforme se ha referido la Corte Constitucional en las sentencias T-153 /1998, T-388/2013, T-762/2015 y SU 122/2022, entre otras.

Frente a dicho problema se avizora una crisis humanitaria multidimensional; como primera medida es pertinente establecer las causas de la crisis humanitaria en las cárceles y penitenciarías de Colombia. Para ello se requiere realizar un análisis partiendo de la concepción de la pena, principalmente la pena privativa de la libertad, la cual ha sido establecida de manera excepcional en el ordenamiento jurídico, aunque paradójicamente, se evidencia la constante tendencia a la aplicación de la misma de manera principal, lo que conlleva a una solución ineficiente y abrupta para resolver los problemas de criminalidad y generando además el mayor generador de vulneración de derechos humanos, gasto económico y condiciones nefastas para reclusos y servidores/trabajadores del sistema.

Consecuentemente, es necesario esclarecer el impacto de esas vulneraciones en los intervinientes en el sistema penitenciario y carcelario, y como de manera característica en Colombia, la vulneración de derechos principalmente ocasionado por el hacinamiento carcelario no afecta únicamente a las personas privadas de la libertad (PPL) sino también a los funcionarios que desempeñan una labor dentro de las instalaciones de los centros de reclusión.

Frente a dicha problemática es oportuno plantear una solución que viabilice la finalidad de la pena con medidas más efectivas, para lo cual se propone la aplicación de la privatización del sistema penitenciario y carcelario conforme se planteó en el Tomo 1 “Privatización del sistema penitenciario y carcelario en Colombia” de mi autoría, de la mano con medidas alternativas a la ejecución de la pena privativa de la libertad que permitan una reducción de la población privada de la libertad y una mejor caracterización de la misma para un tratamiento más personalizado y efectivo. 

La problemática se logra visualizar en la ejecución de la pena privativa de la libertad que pone de manifiesto los problemas estructurales del sistema penitenciario y carcelario en Colombia, en ese sentido se logra constatar una crisis humanitaria multidimensional; en primera medida, la población penitencia enfrenta altos índices de hacinamiento carcelario, de hecho, existen puntos característicos en determinadas cárceles, penitenciarias o estaciones de policías del país que presentan un promedio de 2000% de hacinamiento, así como condiciones de salubridad precarias, vulneración a la vida digna, integridad personal, a la vida, etc.

También se evidencia una vulneración de derechos a los funcionarios del sistema penitenciario y carcelario en Colombia, desde su integridad personal hasta la vida misma, siendo estos víctimas de intimidaciones, amenazas, hostigamientos o incluso homicidios, para lo cual se analizará el suceso de la muerte del director de la cárcel “la Modelo” de Bogotá D.C. como un ejemplo claro de la inefectividad del sistema, lo cual afecta los derechos humanos no solo de la población privada de la libertad sino también de todos los intervinientes en el sistema mismo.

La crisis humanitaria en las cárceles y penitenciarías de Colombia surge de la aplicación preponderante y excesiva de la pena privativa de la libertad, lo que genera mayores infracciones sistemáticas a derechos fundamentales para los reclusos y los funcionarios del sistema, así como un hacinamiento carcelario masivo. Esta situación se ve potenciada gravemente por la inefectividad en la gestión penitenciaria y la inaplicabilidad efectiva de medidas alternativas a la ejecución de la pena privada de la libertad.

Consecuentemente, la Corte Constitucional (T-153/1998, T-388/2013, T-762/2015 y SU 122/2022) ha señalado de manera reiterada la existencia de un estado de cosas inconstitucional en las cárceles, reflejando la vulneración constante de derechos humanos. Estas violaciones abarcan desde condiciones de higiene deficientes hasta la falta de acceso adecuado a servicios de salud y rehabilitación. 

Conforme lo indicado anteriormente, es importante tener en cuenta el impacto a nivel económico; toda vez, es de conocimiento popular que el modelo actual del sistema recae en un gasto económico insostenible para el Estado debido a la responsabilidad de financiamiento de un gran número de población privada de la libertad, además de la infraestructura destinada para tal fin. Dentro del estudio de las posibles soluciones a la crisis multidimensional del sistema penitenciario y carcelario es imprescindible la Privatización del sistema penitenciario y carcelario en Colombia y medidas alternativas a la ejecución de la pena. En ese sentido, se sugiere la administración del sistema penitenciario y carcelario por un ente privado para mejorar la eficiencia en aspectos de fines de la pena privativa de la libertad y mejorar las condiciones de vida de los PPL, enfocando el funcionamiento de los centros de reclusión en la rehabilitación, reinserción social y respeto de los derechos humanos.

Aunado en lo anterior, se logra dilucidar la privatización del sistema penitenciario y carcelario, combinada con la aplicación de medidas alternativas a la ejecución de la pena privada de la libertad, como posible alternativa para disminuir significativamente la población carcelaria, mejorar las condiciones de vida de los PPL y garantizar un tratamiento más humanizado y eficiente de los mismos. En ese sentido, la alta preferencia a la pena privativa de la libertad como medida primordial sancionadora ha provocado un hacinamiento crítico en los centros de reclusión colombianos. Este hacinamiento afecta la calidad de vida de los reclusos y, además, repercute negativamente en las condiciones laborales, riesgos y seguridad del personal penitenciario. 

La privatización del sistema penitenciario no debe ser vista únicamente como una medida de gestión, sino como un paso hacia la reducción de la intervención del Estado en la vida de los individuos. El monopolio estatal sobre la justicia y la administración penitenciaria ha llevado a resultados desastrosos, como el hacinamiento y la violación sistemática de derechos humanos. En este sentido, la intervención privada en la gestión de las cárceles podría significar una ruptura con esta ineficiencia histórica, trayendo consigo una mayor flexibilidad para implementar soluciones innovadoras y personalizadas que aborden las necesidades de los reclusos y mejoren las condiciones de vida de los privados de libertad (PPL).

El Estado, al ser un ente inherentemente burocrático, opera con incentivos limitados para garantizar mejoras en la calidad de vida de los reclusos. Por el contrario, un sistema de prisiones privadas, supervisado bajo estrictas normativas en cuanto al respeto de los derechos humanos, podría verse impulsado por el interés de las empresas en maximizar su reputación y eficiencia. La privatización permitiría que los recursos destinados al sistema penitenciario se utilicen de manera más efectiva, reduciendo el gasto innecesario, lo cual es una demanda esencial dentro del enfoque libertario que aboga por la reducción del gasto público.

Además, el concepto de justicia en un Estado debería estar orientado hacia la reparación del daño y no a la imposición punitiva indiscriminada que caracteriza al modelo actual. La privación de la libertad debería ser aplicada solo en casos estrictamente necesarios, mientras que la justicia restaurativa y las penas alternativas deben ocupar un rol central. Estas alternativas, tales como la reparación del daño causado a las víctimas o la realización de trabajos comunitarios, se alinean mejor con la resolución de conflictos de manera consensuada, evitando el uso excesivo de la fuerza estatal.

Un enfoque alternativo a la privación de libertad que puede implementarse con éxito es la ampliación de programas de rehabilitación basados en la educación y la capacitación laboral, los cuales pueden ser gestionados por empresas privadas. La oferta de estas iniciativas permitiría que los reclusos no solo tengan la oportunidad de reinsertarse exitosamente en la sociedad, sino que también participen activamente en la generación de riqueza. La creación de oportunidades de empleo para los reclusos podría reducir la reincidencia y ofrecer una vía más efectiva para la justicia restaurativa.

Asimismo, un aspecto clave que se deriva de la privatización es la posibilidad de introducir un modelo de competencia dentro del sector penitenciario. Este tipo de competencia, como en cualquier otro sector, tiene el potencial de mejorar la calidad de los servicios prestados. Bajo este esquema, diferentes empresas podrían competir para gestionar instituciones penitenciarias de manera más eficiente, asegurándose de que los reclusos reciban un trato digno y adecuado, lo que pondría presión sobre los actores privados para ofrecer mejores condiciones a un costo menor, beneficiando tanto a los reclusos como al Estado y los contribuyentes.

Por otro lado, se debe analizar la posibilidad de despenalizar ciertos delitos que han contribuido al crecimiento desmedido de la población carcelaria; muchos de los crímenes, en particular los relacionados con el uso y posesión de drogas, no justifican la intervención del Estado y mucho menos la privación de la libertad. Al despenalizar estos actos, no solo se reduciría el número de personas encarceladas, sino que también se aliviaría el sistema penitenciario, permitiendo que se concentren los recursos en la rehabilitación de aquellos que han cometido delitos que verdaderamente afectan a terceros.

Por último, la responsabilidad del individuo en la consecución de su propia libertad debe ser central. Las penas alternativas a la prisión no solo ofrecen una salida eficiente para reducir el hacinamiento, sino que, promueven la autonomía del individuo. Medidas como la libertad condicional, el trabajo comunitario o el arresto domiciliario ofrecen oportunidades para que los individuos asuman la responsabilidad de sus actos sin estar sometidos completamente al control estatal. Estas medidas respetan más los derechos individuales y permiten un equilibrio entre la justicia y la libertad, los cuales son valores fundamentales para una vida en sociedad.

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