Por: Fabricio Doldán
País: Argentina
A partir de la Constitución Nacional (CN) reformada en 1994 se define al Jefe de
Gabinete de Ministros (JGM) como el ministro encargado de la coordinación del gabinete y
de la administración general del país. El JGM posee distintas funciones relacionadas entre sí,
tales como la planificación, coordinación, monitoreo y evaluación de los programas y
políticas de la Administración Pública Nacional. Estas funciones, y demás responsabilidades,
están explicitadas con mayor detalle en los artículos 100 y 101 de la CN.
En el artículo 101, se enuncia la responsabilidad y obligación que tiene el JGM de
concurrir al Congreso, es decir, al Poder Legislativo, al menos una vez por mes, alternando
entre las distintas Cámaras, con el objetivo de informar y dar cuentas acerca del desempeño
gubernamental (Poder Ejecutivo). De esta forma se puede entender la relación o vínculo que
tiene el JGM con los poderes del Estado.
Es en este último punto, el tratado en el artículo 101, en donde se encuentran mayores
falencias. Recordemos que en estas décadas (se analizará desde 1995 a 2018) hubo 15 JGM,
de la mano de 10 presidencias. Entre ellos, puede observarse que solo se realizó el 38% del
total de las sesiones informativas que debieron acontecer, por lo tanto, podemos concluir que
persiste un muy bajo cumplimiento del mandato constitucional, ya que el JGM no asiste al
Congreso ni la mitad de las veces de las que debería hacerlo. Esto nos dice que la falta del
cumplimiento del mandato constitucional no es algo característico de un sector político en
particular, sino que, aunque existan diferencias entre los desempeños de los JGM a lo largo
de los años, esta baja asistencia al Congreso es un factor constante.
Los desafíos que presenta este cargo, en el marco del presidencialismo argentino,
están contemplados en los dos artículos de la CN mencionados, el 100 y el 101. Entre los que
se destaca: el ejercer la administración general del país; el efectuar el nombramiento de los
empleados de la administración que le corresponda; el enviar al Congreso los proyectos de
Ley y Ministerios y de Presupuesto nacional; el concurrir a las sesiones del Congreso y
participar en sus debates (pero no votar); el producir los informes y explicaciones verbales o
escritos que cualquiera de las Cámaras solicite al Poder Ejecutivo; entre otros.
Bibliografía:
CIPPEC. (2020). 25 años de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Buenos Aires: CIPPEC.
Constitución de la Nación Argentina [Const.]. Art 100 y 101. 1994. (Argentina).
Fabricio Paul Doldán es un estudiante argentino nacido en el año 2001. Actualmente se encuentra estudiando la Licenciatura en Ciencias Políticas en la Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMDP) y el Profesorado de Lengua y Literatura en el Instituto Superior de Formación Docente Nº19 (ISFD19). Por otro lado, se encuentra también realizando la Diplomatura en Psicopolítica y Transhumanismo de la Universidad Abierta Interamericana (UAI). Además de sus compromisos académicos, es un proactivo lector de la historia política y económica, como así también de la literatura canónica en sus diferentes períodos.
La presente publicación no corresponde necesariamente al pensamiento de Estudiantes por la libertad sino exclusivamente al autor señalado.